Información de nuestro equipo BBK SAIOA GORABIDE

La Ley 8/2021 cambió las normas sobre las personas que tenían una sentencia de incapacidad anterior. Antes, un juez podía declarar a una persona “incapaz” y nombrar una figura tutora para decidir por ella. Ahora, la ley reconoce que todas las personas tienen capacidad jurídica y, si necesitan ayuda, deben recibir apoyos para tomar sus propias decisiones. Por ese motivo, las antiguas sentencias de incapacidad deben revisarse para adaptarse al nuevo sistema de apoyos.
La revisión la inicia de oficio el mismo juzgado que dictó la sentencia de incapacitación. No obstante, también pueden solicitarla la propia persona afectada, sus familiares, quien ejerza la tutela o curatela, la Fiscalía o cualquier persona legitimada por la ley. El procedimiento se realiza ante el correspondiente Juzgado de Primera Instancia. El juez debe escuchar personalmente a la persona afectada y conocer cuáles son sus deseos, preferencias y necesidades. Además, puede pedir informes sociales, médicos y psicológicos para valorar qué apoyos necesita.
La finalidad de esta revisión ya no es limitar derechos ni sustituir la voluntad de la persona. El objetivo es establecer medidas de apoyo que le ayuden a ejercer su capacidad jurídica de la forma más autónoma posible. Entre estas medidas, pueden acordarse la curatela representativa, curatela asistencial o, incluso, determinar que no es necesario un apoyo judicial y validar la guarda de hecho como medida suficiente.
Todas las sentencias anteriores a la reforma de la ley deben revisarse antes de septiembre de 2027. Y desde BBK SAIOA GORABIDE, acompañamos en el proceso a las personas con discapacidad intelectual y sus familias.
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TALLER PRÁCTICO PARA FAMILIARES
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