Ventajas fiscales para comprar un vehículo

22/05/2024

Información de nuestro equipo BBK SAIOA GORABIDE

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Exención del Impuesto de Matriculación:
Destinada a la primera matriculación de vehículos a nombre de personas con discapacidad igual o superior al 33%. Para volver a beneficiarse de esta medida, tienen que transcurrir, al menos, cuatro años, excepto en caso de siniestro total del vehículo. Es necesario acreditar, mediante certificado de la asociación a la que pertenezca la persona solicitante, que el vehículo es el transporte habitual de la persona con discapacidad.

IVA reducido para comprar y adaptar vehículos:
Se aplica el 4% de IVA en la compra de vehículos nuevos a quienes, además de los requisitos del punto anterior, tengan valorado en su certificado de discapacidad el apartado de movilidad con las letras A, B, C o con 7 puntos o más (para valoraciones de discapacidad posteriores al nuevo baremo del Real Decreto 888/2022, son 25 puntos en movilidad) o que tengan la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad, o tengan ceguera o baja visión acreditada por la Once. Para poder solicitar este IVA reducido, la persona con discapacidad no puede tener otro vehículo de ningún tipo a su nombre. Y si vende el vehículo antes de cuatro años, tiene que pagar el porcentaje de IVA que no abonó en el momento de la compra.

Exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica:
Se aplica a los vehículos destinados al uso exclusivo de personas con discapacidad y matriculados a su nombre, que tengan menos de 14 caballos fiscales de potencia. Para vehículos adaptados, no se tiene en cuenta la potencia fiscal. Pueden acceder a esta exención personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%, o quienes tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que además reúnan los requisitos de valoración de movilidad mencionados en el apartado anterior. Debe solicitarse en el ayuntamiento correspondiente, que tiene la potestad de incluir mejoras de estos beneficios en sus ordenanzas, y no se puede aplicar a más de un vehículo a la vez.

 

Más información:
BBK SAIOA GORABIDE
administracionsaioa@gorabide.com
Tel. 94 453 90 86