Familia numerosa y valoraci贸n de dependencia

21/04/2014

Informaci贸n importante brindada por el Servicio BBK SAIOA Gorabide sobre la consideraci贸n de familia numerosa en el 谩mbito de la discapacidad y sobre la valoraci贸n de dependencia en personas que trabajan

Facebooktwitterredditpinterestlinkedinmail

En el 谩mbito de la discapacidad, se considera familia numerosa a la compuesta por uno o dos progenitores con dos hijos o hijas, sean o no comunes, si uno de los hijos o hijas tiene reconocida una discapacidad.

Tam颅bi茅n son consideradas familias numerosas con dos hijos o hijas cuando los dos progenitores tuvieran una discapacidad o al menos uno de ellos tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Las hijas e hijos deben cumplir las siguientes condiciones: solter铆a, convivir y depender econ贸micamente de los progenitores y un l铆mite de edad (menos de 21 a帽os o hasta los 26 si est谩n estudiando). Hijas e hijos con reconocimiento de discapacidad no tienen l铆mite de edad.

Para estas familias, existen beneficios econ贸micos en educaci贸n y transporte compatibles y acumulables con otros que, por cualquier causa, reciba cada uno de los miembros de la unidad familiar.

Valoraci贸n de dependencia y empleo protegido
Para todas las personas con discapacidad intelectual, incluso para aquellas que trabajan en empleo protegido o empleo ordinario, es imprescindible tener valorada la situaci贸n de dependencia, para poder utilizar servicios espec铆ficos para personas con discapacidad intelectual (por ejemplo, estancias temporales o permanentes en residencia, servicio de ayuda a domicilio, etc.).

La valoraci贸n de la situaci贸n de dependencia tiene como objetivo posibilitar servicios y prestaciones adecuadas a las personas dependientes. Da igual el grado de dependencia que tengan reconocido,
incluso siendo reconocida como una persona aut贸noma.

M谩s informaci贸n:
Servicio BBK SAIOA Gorabide
Tel. 94 453 90 86