Información ofrecida por nuestro Servicio BBK SAIOA GORABIDE
Las personas usuarias de centros de día y de centros ocupacionales que cumplan los requisitos pueden recibir la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar, gracias al Estatuto de las Personas Cui dadoras aprobado por la Diputación Foral de Bizkaia. Esta prestación es compatible con el Servicio de Teleasistencia y el Servicio de Ayuda a Domicilio (según cada Ayuntamiento), pero NO es compatible con servicio residencial permanente ni temporal.
Requisitos para percibir esta prestación
- La persona usuaria debe estar empadronada en Bizkaia, tener valorada la dependencia en grado I, II o III y tener prescrita la prestación en su Programa Individual de Atención (PIA).
- La persona cuidadora principal y habitual (no profesional, que cuida de la persona usuaria por sí misma o con la ayuda de otras personas) debe ser:
- Pariente hasta tercer grado o ejercer la tutela legal, y estar empadronada con la persona usuaria.
- Capaz física y psíquicamente y tener tiempo suficiente para cuidar a la persona usuaria.
- No estar valorada como dependiente ni en situación de gran invalidez o necesidad de ayuda de tercera persona, conforme la normativa.
Cómo se calcula? (12 mensualidades)
- A la cuantía máxima por cada grado, se le aplica un coeficiente reductor en función de los ingresos de la persona usuaria: desde un 0% hasta un 25%.
- La cantidad resultante anterior se minora en un 50%.
- A esa cantidad se le deduce el complemento de gran invalidez, el complemento de tercera persona de la prestación familiar por hija o hijo a cargo y de la pensión de invalidez no contributiva y el subsidio de tercera persona de la LISMI.
- En todo caso, nunca podrá ser inferior al 25% de la cuantía máxima de cada grado.
¿Cómo se solicita?
Pidiendo la revisión del PIA o de la Valoración de Dependencia.
Más información:
Servicio BBK SAIOA GORABIDE
administracionsaioa@gorabide.com
Tel. 94 453 90 86