IVA reducido en la adquisición y adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida o sillas de ruedas
Requisitos
- Tener una discapacidad igual o superior al 33 %.
- Personas en silla de ruedas o con movilidad reducida, mínimo de 7 puntos o tipos A o B.
- También se consideran con movilidad reducida a las personas ciegas o con discapacidad visual y, en todo caso, las afiliadas a la Once que lo acrediten.
- Acreditar que el destino del vehículo es el transporte habitual de una persona con una discapacidad igual o superior al 33 % en silla de ruedas o con movilidad reducida.
Impuesto de matriculación
Requisitos
- Está exenta totalmente de este impuesto la primera matriculación de vehículos a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo.
- Para volver a beneficiarse de esta medida, tienen que transcurrir al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Este requisito no se exigirá en supuestos debidamente acreditados de siniestro total del vehículo.
- Presentar certificado de discapacidad, factura de compra, tarjeta técnica de las características del vehículo y acreditar que el vehículo es para uso exclusivo de la persona con discapacidad.
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Requisitos
- Están exentos los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, conducidos tanto por personas con discapacidad como los destinados a su transporte.
- Esta exención no será aplicable a más de un vehículo simultáneamente.
SERVICIO BBK SAIOA GORABIDE
Tel. 94 453 90 86