Trato digno: enfoque ético del maltrato a las personas con discapacidad intelectual

16/12/2014

Una manera que puede enriquecer y complementar nuestro buen hacer y nuestra manera de tratar dignamente a las personas con discapacidad intelectual, es conocer desde un enfoque ético el tema del maltrato de estas personas.

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De manera estricta, se puede definir el maltrato como la conducta que genera daño a otra persona al no respetar su dignidad; por lo tanto, se trata de un trato indigno. En un sentido más amplio, podemos observar situaciones de maltrato en las que, aunque haya maltrato objetivo, puedan faltar condiciones subjetivas para hablar de inmoralidad de la persona que maltrata; podemos hablar entonces de trato no digno.

Observamos estos dos polos a considerar en la reflexión sobre el maltrato: el daño a la persona que lo sufre y la responsabilidad de la persona que lo causa. A la hora de valorar éticamente el maltrato, la referencia clave es la dignidad: somos moralmente personas valiosas y nos debemos unas a otras igual consideración y respeto. El maltrato es justamente tratar a una persona con discapacidad intelectual en función de nuestros intereses de poder, bienestar, etc.

Desde los principios de no maleficencia y justicia, se constata que en el maltrato están en juego los derechos humanos y la justicia, ya que va más allá de las relaciones intersubjetivas. Desde el principio de no maleficencia, el maltrato es una conducta maleficente. Desde el principio de justicia, el maltrato puede originarse desde una concepción distributiva (igualdad de oportunidades) y en su versión penal, la intensidad del maltrato puede hacer que éste sea considerado como delito.

No obstante, la mayoría de los maltratos se producen en las relaciones intersubjetivas, lo que nos sitúa en los principios de autonomía y beneficencia. Desde el principio de autonomía debemos respetar la autodeterminación de las personas con las que nos relacionamos, lo que nos dirige a la evitación de imposiciones, engaños y manipulaciones, aunque consideremos que sea por su bien.  El principio de beneficencia nos exige al colectivo de profesionales que apoyamos a las personas con discapacidad intelectual a realizar prácticas acordes a los parámetros de excelencia, a contar con su consentimiento y colaboración y a potenciar la autonomía.

Hemos de tener en cuenta que, aunque hemos de cumplir con estos principios, al relacionarlos con situaciones de contexto y por tanto particulares, lo debemos de hacer siempre desde la prudencia.

Podemos encontrarnos con diferentes variaciones del maltrato si tenemos en cuenta las siguientes variables: el tipo de daño que sufre la persona, la conducta de quien causa el daño, la intencionalidad y responsabilidad, los agentes del maltrato y los espacios en los que ocurren.

Así, podemos encontrarnos con daño físico, psicológico, sexual, económico o jurídico si tenemos en cuenta el daño sufrido. O podemos hablar de obstinación del cuidado, negligencia, abuso o abandono, entre otros, si tenemos en cuenta la conducta de la persona que causa el daño. También podemos hablar de ignorancia responsable o no ignorancia pero incapacidad de evitación, si tenemos en cuenta la intencionalidad y la responsabilidad. Y los maltratos o tratos no dignos pueden darse en diferentes entornos (espacios públicos, instituciones, familia…).

Esta reflexión sobre los diferentes tipos de maltrato puede ser útil para mejorar las prácticas de familias, profesionales y voluntarios para erradicar las inaceptables situaciones de maltrato hacia las personas con discapacidad intelectual. Como se puede observar, se trata de una realidad de gran complejidad y esta somera conceptualización puede guiarnos para confrontarnos a ella.

La mejor estrategia para disminuir las situaciones de maltrato es fomentando el buen trato, siendo fundamental avanzar en el reconocimiento de la ciudadanía de las personas con discapacidad. Será por ello fundamental promover modelos de atención centrados en las personas, donde se promueva la calidad de vida y donde exista una cierta sintonía de valores entre la persona prestadora de apoyos y la persona con discapacidad respetando la autonomía de las personas capaces y protegiendo a las personas incapaces.

COMITÉ DE ÉTICA DE GORABIDE

Nota: Se puede ampliar información en “Cuadernos Deusto de Derechos Humanos, nº 71. El enfoque ético del maltrato a las personas con discapacidad intelectual y del desarrolloâ€.